Colmenar Viejo cumplirá con la sentencia del Supremo sobre El Tagarral pero negociará con la Comunidad de Madrid un plan de pago aplazado
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- Publicado: Miércoles, 11 Diciembre 2019 09:53
11-Diciembre-2019.- El Alcalde de Colmenar Viejo, Jorge García Díaz, ha comparecido ante los medios de comunicación para explicar un histórico sobre los litigios con los suelos denominados El Tagarral y los pasos que el Equipo de Gobierno seguirá tras conocerse la sentencia del Tribunal Supremo que condena a Colmenar Viejo a abonar más de 21 millones de euros.
“El Ayuntamiento de Colmenar Viejo ha luchado por hacer frente al pago de esta deuda desde que en 1992 se conoció la primera sentencia, defendiendo los intereses del municipio y a los vecinos, intentando primero que ser revertiese el uso de ese suelo, más tarde negociando para intentar compensarlo con suelo, luchando también porque se pagase la parte real que se entendió que correspondía al Ayuntamiento, un 25% y no el 33% como finalmente ha ocurrido. En estos años ha habido sentencias a favor y en contra, pero la del Tribunal Supremo es la definitiva y por la cual tendremos que hacer frente al pago de los 21 millones de euros más los intereses generados desde el año 2016. Respetamos la sentencia y la cumpliremos, pero no compartimos el sentido de la misma. La voluntad del ayuntamiento es cumplir esta sentencia judicial, pero ahora mismo Colmenar Viejo no puede hacer frente presupuestariamente al pago íntegro de los 21 millones de euros.” ha explicado el regidor, Jorge García Díaz.
Quien ha añadido que: “Ahora, los pasos a seguir son, primero, solicitar una reunión, junto a Tres Cantos, con la Presidenta de la Comunidad de Madrid y el Consejero de Hacienda para negociar y establecer un plan de pagos. Por otro lado, queremos que afecte lo menos posible a los ciudadanos de Colmenar Viejo, y por ello no se subirán impuestos y no se va a paralizar presupuestariamente el municipio. La semana que viene celebraremos el pleno de aprobación del presupuesto municipal para 2020 manteniendo el gasto social previsto antes de conocer la sentencia, actualizando las subidas salariales de los empleados públicos a lo fijado por ley y garantizando la prestación de los servicios públicos de titularidad municipal. Sin embargo, en previsión de que, cuando se llegue a un acuerdo con la Comunidad de Madrid, habrá que hacer modificaciones al presupuesto, hemos decidido paralizar la dotación en el capítulo de inversiones. Esperamos que el acuerdo sea rápido y afecte lo menos posible a los vecinos, para reanudar la dotación de las partidas de inversión, pero de momento debemos ser cautelosos, vamos a dejarlo en espera.”
Histórico de El Tagarral:
El tema se remonta al año 1967, cuando se aprobó el Plan Parcial de Soto de Viñuelas, compuesto por tres fases, de las cuales dos no construidas conocemos como El Tagarral.
En el año 1972, se denegó la aprobación y ejecución de estas dos fases del Plan Parcial de Soto de Viñuelas y fue recurrido por los propietarios del suelo al Tribunal Supremo.
En 1975, el Tribunal Supremo admitió el recurso de los propietarios y daba por aprobada la ejecución de la segunda y tercera fase. Desde ese momento se podía construir en dicha zona ya que el Tribunal Supremo consideraba que se había aprobado en el Plan Parcial de Soto de Viñuelas.
Una vez aprobado ese Plan Parcial, en marzo de 1987 se aprueba el PGOU del Ayuntamiento de Colmenar Viejo (Tres Cantos formaba parte de Colmenar Viejo hasta 1991) donde esa zona, que tenía autorización para ser construida, pasa a considerarse terrenos de especial protección agrícola de regadío.
Esta protección de ese suelo resulta cuanto menos sorprendente, conociendo los antecedentes y que el Tribunal Supremo había dado la razón a los propietarios para construir la segunda y tercera fase. Esta decisión de 1987 se tomó de forma errónea conociendo los precedentes que había.
Tras aprobarse inicialmente por el Ayuntamiento, luego tener el visto bueno de la Comunidad de Madrid, y aprobarse definitivamente por el Ayuntamiento los propietarios vuelven a denunciar a la Administración (Ayuntamiento de Colmenar Viejo y Comunidad de Madrid) al ver mermados sus derechos sobre un suelo que legalmente era urbanizable y pasa a no serlo y por ende tener un valor muy inferior.
En abril de 1991 Tres Cantos se segrega de Colmenar Viejo y en el documento de segregación se fija el criterio de que todo pleito o requerimiento que surja a partir de la fecha de separación lo asumirá el ayuntamiento en cuyo término municipal post-segregación se localice el problema que origina el procedimiento.
En el año 1992, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid condena al Ayuntamiento de Colmenar Viejo, Tres Cantos y la Comunidad de Madrid a indemnizar a los propietarios por haber mermado sus derechos.
En 1996 el Ayuntamiento de Colmenar Viejo alegó una revisión de PGOU de Tres Cantos para que se contemplase la reclasificación de los terrenos de El Tagarral con el fin de hacer frente a esa sentencia y que esos terrenos volviesen a ser urbanos.
En el año 2000, desde el Ayuntamiento de Colmenar Viejo se escribió a la Dirección General de Urbanismo y Planificación para comunicarles que se tenía conocimiento de la puesta en marcha de un nuevo PGOU en el Ayuntamiento de Tres Cantos, para que tuvieran en cuenta esa sentencia que condenaba a las tres administraciones (Ayuntamiento de Colmenar Viejo, Ayuntamiento de Tres Cantos y Comunidad de Madrid).
En el 2001 se presentaron alegaciones al PGOU de Tres Cantos en el mismo sentido, y sería en 2002 cuando el Ayuntamiento de Tres Cantos desestimó las alegaciones hechas a su nuevo PGOU. En ese momento, el Ayuntamiento de Colmenar Viejo vuelve a escribir a las Consejerías de Administraciones Públicas y Urbanismo informándoles de la necesidad de tomar una decisión sobre el PGOU del Ayuntamiento de Tres Cantos y la solución a la ejecución de la sentencia, y entendiendo que había que buscar una forma de resolver ese problema urbanístico desde el urbanismo.
En el año 2003 el Tribunal Superior fijó la indemnización a esos propietarios en 42 Millones de Euros.
En el año 2007 se inicia una mesa de negociación con la Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento de Tres Cantos para buscar una solución al pago de la sentencia de El Tagarral, como emplazaba la propia sentencia. El Ayuntamiento de Colmenar Viejo ofreció diferentes suelos del municipio para pagar su parte, pero no prospera porque Tres Cantos no concreta su aportación.
En el año 2012, se llegó a un acuerdo con el cual el Ayuntamiento de Tres Cantos se comprometía a reclasificar el suelo urbano de El Tagarral y, a cambio, el Ayuntamiento de Colmenar Viejo ofrecía determinadas parcelas y servicios para que lo pudieran utilizar los vecinos de Tres Cantos, como el cementerio municipal o que el Ayuntamiento de Colmenar Viejo no se opusiera a la construcción de una nueva salida del municipio de Tres cantos hacia la carretera N-I.
En el último momento y una vez convocado el pleno del Ayuntamiento de Colmenar Viejo para adoptar este acuerdo, el Ayuntamiento de Tres Cantos decidió no continuar adelante con él porque se encontraba en negociaciones con la Comunidad de Madrid para buscar otro tipo de solución.
A partir de ahí, el Ayuntamiento de Tres Cantos vuelve a negar hacerse cargo de la sentencia alegando que Tres Cantos no existía como municipio en el año 1987, obviando el expediente de segregación de 1991; mientras, el Ayuntamiento de Colmenar Viejo siempre ha comunicado a la Comunidad de Madrid su intención de hacer frente a la sentencia y de ponerse a disposición para crear una comisión de las tres partes.
El Ayuntamiento de Colmenar Viejo defendió en todo momento que no podía hacer frente a su parte de la sentencia de manera económica, pero si poniendo a disposición de la Comunidad de Madrid diferentes suelos para compensarlo.
En 2013 el Ayuntamiento de Colmenar Viejo intentó llegar a un acuerdo directo con la propiedad de los suelos para pagar en especie, mediante suelo, la parte que le correspondía de la sentencia.
El 6 de octubre de 2014, la Consejería de Ordenación del Territorio consignó en el juzgado la cantidad total a la que se debía hacer frente, y el 15 de octubre de 2014 el Tribunal Superior de Justicia de Madrid comunicó que la Comunidad de Madrid había realizado el pago del total de la sentencia.
El 30 de diciembre de 2014, la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Medio Ambiente, demandó al Ayuntamiento de Colmenar Viejo el reintegro de la parte proporcional de la sentencia: 21.084.787€.
El 25 de abril de 2016 desde el Ayuntamiento de Colmenar Viejo se remite un oficio a la Consejería de Medio Ambiente comunicándoles el desacuerdo con el reintegro de esa parte proporcional basándose en varios asuntos:
- Que el pago de la deuda debería ser entre dos Administraciones, ya que en el momento del cambio de PGOU (1987) se denunció a dos Administraciones, un Ayuntamiento y la Comunidad Autónoma y que el reparto debía ser el 50% Comunidad de Madrid y el otro 50% los ayuntamientos de Colmenar Viejo y Tres Cantos (25% cada uno)
- Se planteó que el Ayuntamiento de Colmenar Viejo siempre ha estado dispuesto a hacer frente a la sentencia planteando diferentes propuestas a lo largo de los años: mediante pago de suelo o los acuerdos falidos con el Ayuntamiento de Tres Cantos.
En el año 2018, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid dio la razón al Ayuntamiento de Colmenar Viejo en su recurso frente la demanda de la Comunidad de Madrid de 2014 en la que reclamaba 21 millones de euros, estimando que lo que procedía era volver a la sentencia de 2003 en la cual se entendía que no se tenían que reclamar al Ayuntamiento 21 millones de euros, sino que se debía de crear una comisión de tres partes en la que se dictaminase cómo pagar y que el reparto debía ser 50% Comunidad de Madrid y el otro 50% entre los dos ayuntamientos.
En ese momento, la Comunidad de Madrid, presentó un recurso de casación ante el Tribunal Supremo donde siete magistrados decidieron el pasado 2 de diciembre de 2019 que el Tribunal Superior de Justicia de Madrid no tenía razón en su sentencia y, por lo tanto, condenaba al Ayuntamiento de Colmenar Viejo a pagar los 21 millones de euros que corresponden un 33% del total.