Ya está disponible el Calendario del Contribuyente 2020 de Colmenar Viejo
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- Publicado: Jueves, 02 Enero 2020 09:21
02-Enero-2020.- La Concejalía de Hacienda del Ayuntamiento de Colmenar Viejo ha dado a conocer el Calendario del Contribuyente 2020 con el fin de que los vecinos estén informados de la fechas y plazos que tienen para cumplir con las obligaciones fiscales vinculadas a la administración local.
“Comenzamos el año publicando este calendario, tanto en la web como en dípticos disponibles en los edificios municipales y también lo incluimos en la revista de información municipal que se buzonea a los domicilios para que los vecinos puedan tener una previsión de sus pagos a la Administración, pero, sobre todo, para recordarles las ventajas que pueden tener si se adhieren al Sistema Especial de Pago de nuestro Ayuntamiento”, explica la Tercera Teniente de Alcalde y Concejal de Hacienda, Belén Colmenarejo Collado.
En el calendario se explica que hay un 5% de descuento en los recibos de IBI y IVTM si se solicita el Sistema Especial de Pago (SEP) así como bonificaciones para las familias numerosas. Además, los vecinos que cumplen las condiciones para adherirse a las bonificaciones deben saber que la renovación de las mismas es automática mientras su situación familiar no cambie.
El periodo para cumplir con la Tasa por Entrada de Vehículos (VADO), el Impuesto sobre Gastos Suntuarios (Cotos de caza) y el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM) estará abierto del 20 de abril al 22 de junio. Las domiciliaciones ordinarias se pasarán el 1 de junio.
El IVTM está dentro del Sistema Especial de Pago (SEP), un sistema que solo se tiene que solicitar una vez, antes del 31 de diciembre de cada año, para que se empiece a aplicar en la siguiente liquidación del impuesto, y que permite al vecino beneficiarse de un 5% de descuento en el recibo y pagar en 2 plazos: 20 de abril y 22 de junio.
El periodo para pagar el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE) y el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) estará abierto del 1 de septiembre al 2 de noviembre. Las domiciliaciones ordinarias se pasarán el 1 de octubre.
El IBI también cuenta con el Sistema Especial de Pago (SEP), mediante el cual el vecino se beneficia de un 5% de descuento en el recibo y afronta el pago en 2 plazos: 30 de junio y 30 de octubre. Para disfrutar de estas ventajas, el vecino solo tiene que solicitarlo en una ocasión, antes del 31 de marzo, para comenzar a beneficiarse de este sistema en ese mismo año.
Por su parte, las familias numerosas tienen hasta el 28 de febrero para solicitar bonificación en el IBI, sólo en tres casos:
A.- Quien la pida por primera vez
B.- Aquellos a los que no se les concedió el año pasado porque no la solicitaran, por presentarla fuera de plazo o porque no se les concediera por algún defecto documental (título de familia numerosa que no estuviera en vigor, por ejemplo).
C.- Cuando hayan cambiado las características del título de familia numerosa (cambio de domicilio dentro del término municipal; aumento o disminución del número de miembros de la unidad familiar; renovación del Título de Familia Numerosa).