Luz verde a las bases de las subvenciones a entidades deportivas que ascienden a 320.000€

20-Mayo-2020.- La Junta de Gobierno celebrada esta mañana ha aprobado las bases de las Subvenciones 2020 a los clubes y entidades deportivas de la localidad, que este año elevan su cuantía 30.000 euros, alcanzando la cifra total de 320.000 euros.

En los próximos días, las bases de la convocatoria serán publicadas en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid. El plazo de presentación de las solicitudes será de 30 días naturales, contados desde el día siguiente de la publicación del anuncio en el BOCM.

“Hemos sacado la convocatoria tan pronto como nos ha sido posible, ya que es positivo que los clubes puedan conocer cuanto antes la cantidad que se les asigna, y podamos facilitarles lo máximo posible su planificación presupuestaria. Además, hemos incrementado la cuantía de las subvenciones 30.000 euros respecto a 2019 e incorporado mejoras en los criterios de valoración de las mismas tras escuchar lo que las entidades nos ha ido puntualizando tras la anterior convocatoria”, ha explicado el concejal de Deporte, Jorge Domínguez Jiménez.

Junta Gobierno 20 05 2020

Además del incremento de la cuantía, las bases de esta convocatoria presentan cambios respecto a la del año anterior como, por ejemplo, mayor valoración para los clubes y entidades en los que existan programas con cuota cero o rebaja de precios para familias monoparentales, numerosas, o que no puedan hacer frente a los gastos ocasionados por la práctica deportiva.

También se han incorporado en el baremo de valoración los gastos ocasionados por el transporte colectivo y trofeos.Otra de las novedades es que se han actualizado las titulaciones del personal técnico, de forma que se ajustan más adecuadamente a los actuales planes de estudio. Para su valoración, se deberá acreditar el correspondiente título oficial o certificado acreditativo.

Por último, se ha incluido un plazo máximo de 30 días naturales desde que se presente la solicitud para entregar los certificados. Para evitar tanto demoras en la tramitación como perjuicio al resto de las entidades solicitantes, el plazo de respuesta a requerimientos se ha reducido de 20 a 10 días hábiles, habiendo en esta ocasión, para mayor agilidad y eficacia, un único requerimiento.

Las ayudas para actividades o programas anuales, podrán solicitarse siempre y cuando clubes y entidades estén inscritas en el Registro de Entidades Deportivas de la Comunidad de Madrid y en el Registro de Asociaciones de Colmenar Viejo; y cumplan, como mínimo, uno de los siguientes requisitos:

  • Que vayan destinadas a los menores de edad o a personas que por padecer alguna diversidad funcional se encuentren en desventaja social.
  • La participación en competiciones oficiales de equipos o deportistas individuales hasta la categoría juvenil o junior, así como aquellos para la categoría absoluta cuando su edad o la media de edad de los componentes o participantes no supere los 35 años.
  • La organización de pruebas deportivas con una amplia tradición en el municipio (más de 10 años), una participación superior a 500 deportistas o que sean campeonatos oficiales de las federaciones españolas o territoriales de deportes olímpicos.

De igual forma, clubes y entidades deberán carecer de ánimo de lucro, tener el domicilio social en Colmenar Viejo; disponer de estructura suficiente para garantizar el cumplimiento de sus fines sociales, y poder acreditar la experiencia y la capacidad operativa que resulten necesarias para el logro de los objetivos propuestos en la solicitud; y que sus actividades estén abiertas al conjunto de la población.

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