Padrón Municipal
Normativa Legal
Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, modificada por la Ley 4/1996 de 10 de enero.
Real Decreto 2612/1996 de 20 de diciembre, por el que se modifica el Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales.
Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de datos de Carácter Personal.
Ley 4/1999, de 3 de enero, por la que se modifica la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Toda persona que viva en España está obligada a inscribirse en el Padrón del municipio donde reside habitualmente. Quienes vivan en más de un municipio se inscribirán en el que residan durante más tiempo al año.
El Padrón es el registro administrativo en el que constan los vecinos del Municipio, constituyendo sus datos prueba de la residencia en el Municipio y del domicilio habitual en el mismo. Además sus datos se utilizan para elaborar el censo electoral, así como para atender el ejercicio de las competencias municipales.
Los datos personales recogidos serán incorporados y tratados en el fichero "Padrón Municipal de Habitantes". Estos datos podrán ser cedidos de conformidad con la legislación vigente en materia de protección de datos, pudiendo el interesado ejercer ante el Ayuntamiento los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, todo lo cual se informa en cumplimiento del artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.
De conformidad con el art. 69.3 del Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales, cada cinco años se informará a los vecinos del contenido de sus datos padronales, remitiendo comunicación a la persona mayor de edad que figure en primer lugar en la hoja padronal.