Padrón Municipal
Certificados y volantes de empadronamiento
SOLICITUD DE JUSTIFICANTES DE EMPADRONAMIENTO: CERTIFICADOS Y VOLANTES.
Certificado
Es el documento que acredita la residencia y el domicilio habitual.
Se solicita en los casos en que el documento tenga que presentarse ante los siguientes organismos o para las siguientes tramitaciones:
- Organismos judiciales (juzgados y tribunales)
- Organismos militares o autoridades extranjeras
- Registro Civil (matrimonios, nacionalidad, cambios de nombre y/o apellidos y
adopciones, etc.).
- Declaraciones de herederos, Registro de parejas de hecho
- Otros Registros Oficiales, Centros penitenciarios, Dirección de Aduanas, Universidades, Oficinas de Empleo
Volante
Es un documento de carácter informativo que indica la residencia y el domicilio habitual.
En las tramitaciones de los procedimientos administrativos de esta Administración Municipal (Carnet Deportivo, matriculaciones escuelas deportivas, Auditorio etc.) así como en las solicitudes de ESCOLARIZACIÓN, no será necesario aportar este documento, si el interesado AUTORIZA a comprobar su domicilio padronal, cumplimentando la instancia correspondiente.
Se solicita entre otras, en las siguientes tramitaciones:
- Para la expedición del Documento Nacional de Identidad (DNI).
- Matriculación de vehículos.
- Trámites en los procedimientos de la Comunidad de Madrid.
- Trámites en los que no se exija expresamente el certificado.
Sólo se expedirán en la modalidad de individual.
Solicitud
El certificado de empadronamiento se solicita presencialmente en el Departamento de Estadística situado en la planta baja del Ayuntamiento sito en Plaza del Pueblo nº 1, bien por el propio interesado o por persona debidamente autorizada.
También puede solicitarlo a través de Internet, en la página web del Ayuntamiento, siguiendo este enlace >> si dispone el correspondiente certificado digital.
TRAMITACIÓN
Solicitudes formuladas por persona distinta del titular / Certificado Colectivo de Empadronamiento
En el caso de que la solicitud de los justificantes (CERTIFICADO O VOLANTE) sea realizada por una persona distinta del titular del documento, es preciso aportar:
1. Documento de identidad original del autorizado.
2. Escrito de AUTORIZACIÓN del interesado debidamente firmado, adjuntándose al mismo la fotocopia del documento de identidad del autorizante.
3. Para solicitar Certificado Colectivo se deberá aportar autorización firmada y documento de identidad de los mayores de edad empadronados en el domicilio.
Peticiones presenciales
- DNI, o Pasaporte, o Tarjeta de Extranjero, o Tarjeta de Identidad en caso de ser nacional de la Unión Europea, del interesado.
- En el caso de certificados históricos se rellenará un impreso de solicitud facilitado en las Oficinas de Atención al Ciudadano.
- En el caso de menores no emancipados: DNI, o Pasaporte, o Tarjeta de Extranjero, o Tarjeta de identidad en caso de ser nacional de estados miembros de la Unión Europea, de los padres o los representantes legales y Libro de Familia que acredite la representación del menor.
- En el caso de personas fallecidas: DNI, o Pasaporte, o Tarjeta de Extranjero, o Tarjeta de Identidad en caso de ser nacional de la Unión Europea, tanto del
fallecido como del solicitante y Certificado de Defunción o el Libro de Familia.
Peticiones no presenciales (a excepción de internet):
-. Escrito de solicitud firmada por el interesado, indicando:
-. Qué se solicita.
-. Nombre y apellidos.
-. Fotocopia del DNI, o Pasaporte, o Tarjeta de Extranjero, o Tarjeta de Identidad en caso de ser nacional de la Unión Europea, del interesado.
-. Dirección Postal completa en la que se quiere recibir la información.
-. Teléfono de contacto.
- En el caso de menores no emancipados: Fotocopia de DNI, o Pasaporte, o Tarjeta de Extranjero, o Tarjeta de Identidad en caso de ser nacional de estados
miembros de la Unión Europea, de los padres o los representantes legales y fotocopia del Libro de Familia .
- En el caso de personas fallecidas: Fotocopia de DNI, o Pasaporte, o Tarjeta de Extranjero, o Tarjeta de Identidad en caso de ser nacional de la Unión Europea,
tanto del fallecido como del solicitante y Certificado de Defunción o el Libro de Familia.
Solicitudes especiales
Certificados y volantes de menores no emancipados y personas fallecidas
Los certificados y volantes de empadronamiento de los menores no emancipados deberán ser solicitados por sus padres o representantes legales con los que figure empadronado.
El certificado de una persona fallecida puede solicitarlo cualquier persona que acredite un interés legítimo: descendientes, cónyuge, ascendientes o personas
autorizadas por éstos.
Certificados históricos
Son aquellos certificados que incluyan información de años anteriores a 1996 (antigüedad en el empadronamiento anterior a 1 de mayo de 1996).
Certificados y volantes de no empadronamiento
Personas que no están actualmente empadronadas pero que lo han estado anteriormente: en estos casos se debe certificar el periodo que ha estado de alta y
la fecha en que causa baja en padrón poniendo la causa de baja: defunción, caducidad, inscripción indebida, cambio de residencia. En estos casos es necesaria
la identificación del solicitante, mediante la presentación del correspondiente documento de identidad, DNI, pasaporte, etc.
Estos certificados o volantes sólo se expedirán en la modalidad de individual.
PLAZOS DE ENTREGA
Certificados:
Solicitudes presenciales:
En el acto con carácter general una vez aportada toda la documentación necesaria.
En el caso de las solicitudes especiales (certificados de personas fallecidas, certificados históricos, etc.) se avisará a los interesados, una vez confeccionados,
para que pasen a recogerlos.
Volantes:
Solicitudes presenciales:
En el acto
Solicitudes a través de Internet:
CON CERTIFICADO DIGITAL: En un plazo máximo de 72 horas se recogerán en las Oficinas de Plaza del Pueblo, 1, de lunes a viernes de 9h a 20h.
También se podrá optar por el envío mediante el Servicio Oficial de Correos.
Previamente a la retirada de los certificados de empadronamiento deberá abonarse la tasa por expedición de documentos administrativos. Junio 2015 - 1,00 €
FUNDAMENTO LEGAL
Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, modificada en relación con el Padrón Municipal por la Ley 4/1996, de 10 de Enero.
- Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales aprobado por el Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio, modificado por el
Real Decreto 2612/1996, de 20 de Diciembre.
Solicitud de Certificado de Empadronamiento